El Consejo Superior del Poder Judicial prohibió que se usen los vehículos asignados a los magistrados, cuyas plazas en este momento están vacantes, para diligencias administrativas.
La decisión, notificada a la Dirección Ejecutiva, se tomó el pasado 23 de agosto, según consta en el acta 75-18, luego de que se conociera un criterio del jefe de la dirección Jurídica, Rodrigo Campos Hidalgo.
Tras analizar la legislación, el funcionario advirtió al Consejo Superior: “No es viable que los vehículos de uso discrecional asignados a las magistradas o magistrados propietarios que dejaron sus cargos, sean utilizados en otras necesidades institucionales, en razón de que por ley deben ser asignados a las magistrados suplentes que los sustituyen en las plazas vacantes”.
Ante dicho pronunciamiento, el Consejo también decidió comunicar a la Corte Plena, con la intención de que proceda a la asignación de dichos vehículos a los magistrados suplentes que ocupen la plaza de un titular. En la actualidad, hay ocho vacantes de magistrados propietarios.
En la misma acta del Consejo Superior, también se dan a conocer los criterios de los jueces de Trabajo, Arnoldo Alvarez Desanti y Silvia Elena Arce Meneses, quienes se opusieron a que los magistrados suplentes puedan “gozar de vehículo de uso discrecional”.
“En momentos de crisis fiscal, todos los costarricenses debemos tomar medidas para reducir gastos innecesarios del presupuesto nacional (...) No hay necesidad de tales vehículos, ya que los magistrados y magistradas, al igual que todos los servidores y servidoras judiciales, pueden llegar a trabajar por sus propios medios”, dijo Alvarez.
También la magistrada Carmenmaría Escoto Fernández, presidenta interina del Consejo Superior y otra integrante del órgano, Damaris Vargas Vásquez, consideraron que no debe permitirse la subutilización de los recursos del Poder Judicial y se inclinaron por “disponer del aprovechamiento inmediato de esos vehículos (los vacantes) y de las personas conductoras en otras labores institucionales (administrativas), a efecto de atender requerimientos urgentes maximizando así su aprovechamiento y evitando la subutilización”.
Carros modernos
La asignación de vehículos de uso discrecional para los magistrados está autorizado por el artículo 238 de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial.
Se trata de vehículos que no cuentan con restricciones en cuanto a combustible, horario de operación, ni recorrido y pueden portar placas particulares y no tendrán marcas visibles que los distingan como vehículos oficiales.
En el Poder Judicial hay 22 carros discrecionales, los cuales deben “reunir las condiciones mecánicas, de diseño, carrocería, motor y cilindrada necesarias para brindar los niveles de seguridad suficientes, en caso de amenaza o peligro a la vida e integridad física de los funcionarios a los que se les asigna”.
La renovación de dichos carros será cada cuatro años y de acuerdo con la lista proporcionada por la dirección Ejecutiva del Poder Judicial, se trata de autos de las marcas Toyota, (14 del estilo Fortunner, 3 Prado y 1 Camry) y Ford (4).
Cada uno de esos carros tiene asignado un chofer, de quienes se desconoce qué funciones realizan en este momento.